P* SGAE
Hoy he leído otra noticia con este organismo como protagonista. En realidad dice que una asociación de autores española ha comentado a una página web que su actividad era ilegal y que debían dejar de realizarla o tomarían medidas. Una amenza de un organismo español que defiende a los autores a una página web. El contenido de esta página web, (mysongbook.com) es mostrar los tabs de canciones que han sacado de oído con el fin de que los millones de personas que practican con la guiitarra en su casa puedan hacerlo con canciones de sus grupos favoritos. Qué está actividad sea ilegal me asombra aunque no me extraña dados los antecedentes. Lo que ya no asombra sino que resulta penoso es asistir a la cruzada que ha iniciado este organismo para acabar con toda actividad cultural que no les reporte beneficios. Como si de la inquisición se tratara han optado por no dejar títere con cabeza en cuanto a iniciativas de este tipo se refiere. Cobrar por la música utilizada en bodas, cobrar un canon por cd's por si alguien se le ocurre grabar música en él. ¿Dónde está el derecho a la copia privada? Es más ¿Dónde está el derecho a hacerme un cd con las fotos de mis vacaciones si tener que pagar a la SGAE? Dinero por ancho de banda y discos duros también se ha comentado. Realmente no se si se ha implantado o no, pero el solo hecho de pretender cobrar ese canon ya merece la mención. Por último la intención de cobrar a un grupo de discapacitados psíquicos por usar títulos registrados en una obra de teatro fue desestimada por ellos mismos, todo un detallazo. Incluso creo que se les ocurrió pedir disculpas. Es posible que a alguien de este gran organismo se le ocurriese dejarlo pasar a cambio de poner su logo en el cartel de la obra, un gran patrocinio, si señor.
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Autor: creditos
Contra el canon de la SGAE
LOLA RODRÍGUEZ
SEVILLA
Un bufete de abogados con 300 demandas civiles en el juzgado de lo Mercantil, tiene que pagar a la Sociedad General de Autores 0,28 euros por cada juicio que graba, como compensación por el derecho a la copia privada aunque se trate de la grabación de un acto público. Dicho así suena a broma de mal gusto. Pero que se lo digan a Joaquín Moeckel: «haciendo un cálculo rápido, estamos pagando 130 euros a la SGAE por la grabación de un acto público».
Desde su entrada en vigor a principios del 2008, la nueva Ley de Protección Intelectual recoge en su artículo 25, el abono del polémico canon digital. Una tasa que, en el caso del CD, grava su precio casi en un 50 por ciento.
El abogado sevillano Joaquín Moeckel ha presentado una demanda ante el juzgado de lo Mercantil número 1 para que reconozcan su derecho a no pagar un canon que, en su caso, considera «injusto», ya que no emplea los discos para realizar copias de registros privados sino para dejar constancia de actos públicos, en concreto juicios civiles. Se trata sólo de una reclamación de 2,8 euros cobrados por ley por el comercio en el que adquirió un paquete de 10 CD pero el asunto es mucho más trascendente. Moeckel va más allá y augura que no deben pagar este gravamen los hospitales públicos que usan los soportes digitales para grabar operaciones o cualquier otro tipo de profesionales que tengan que realizar grabaciones públicas».
La demanda de Moeckel cuenta con precedentes en Madrid, Canarias y en la Audiencia Provincial de Málaga. En el caso insular, la sentencia obligó a un comercio a devolver 0,88 céntimos de euro por la compra de cuatro Cds por parte de un abogado. En Sevilla, Moeckel quiere que el juez reconozca que el canon auspiciado por la SGAE para contrarrestar los ingresos que deja de percibir por las copias privadas de trabajos musicales y películas, no es aplicable a su caso, ya que su bufete emplea los discos compactos para grabar los juicios civiles, de carácter público. «Imponen el canon por copia privada para todo el que compra un cd sin saber para qué los va a utilizar cada uno». El letrado insta «a todos los profesionales del Derecho de España a que pidan su factura desglosada con el importe del canon y que denuncien» al mismo tiempo que se pregunta «por qué la SGAE no impone un canon a los folios, ¿no les importa que copie a mano una canción o una novela?. Le están poniendo un canon al progreso, y pronto, además de los CDs, también habrá que pagar por los discos duros, las impresoras, los equipos telemáticos...».
Moeckel demuestra que su actividad no contraviene la Ley de Protección Intelectual «por eso demando a la empresa que me ha vendido el material con el objetivo de que me devuelvan el dinero». El abogado muestra una factura por la compra de diez cd, en la que al precio de cada unidad, 0,45 céntimos de euro, se añaden 0,28 de canon. El precio sin canon es de 4,50 euros y el canon supone un incremento de 2,80 euros. Con lo que el importe final, una vez añadido 1,17 euros del IVA, asciende a 8,47 euros. «Podrían acusarme de contribuir al colapso del juzgado de lo Mercantil por unos céntimos de euro, pero en verdad son los de la SGAE los que perjudican obligando a pagar el canon a quien no tiene por qué hacerlo. Es injusto que me cobren el canon digital porque yo no voy a copiar nada». Por tanto, «es necesario crear la conciencia general de que no podemos presumir de culpabilidad, ni de cual será el destino de las cosas, porque en España la presunción es de inocencia».
Carlos Menéndez
http://www.creditomagazine.es
LOLA RODRÍGUEZ
SEVILLA
Un bufete de abogados con 300 demandas civiles en el juzgado de lo Mercantil, tiene que pagar a la Sociedad General de Autores 0,28 euros por cada juicio que graba, como compensación por el derecho a la copia privada aunque se trate de la grabación de un acto público. Dicho así suena a broma de mal gusto. Pero que se lo digan a Joaquín Moeckel: «haciendo un cálculo rápido, estamos pagando 130 euros a la SGAE por la grabación de un acto público».
Desde su entrada en vigor a principios del 2008, la nueva Ley de Protección Intelectual recoge en su artículo 25, el abono del polémico canon digital. Una tasa que, en el caso del CD, grava su precio casi en un 50 por ciento.
El abogado sevillano Joaquín Moeckel ha presentado una demanda ante el juzgado de lo Mercantil número 1 para que reconozcan su derecho a no pagar un canon que, en su caso, considera «injusto», ya que no emplea los discos para realizar copias de registros privados sino para dejar constancia de actos públicos, en concreto juicios civiles. Se trata sólo de una reclamación de 2,8 euros cobrados por ley por el comercio en el que adquirió un paquete de 10 CD pero el asunto es mucho más trascendente. Moeckel va más allá y augura que no deben pagar este gravamen los hospitales públicos que usan los soportes digitales para grabar operaciones o cualquier otro tipo de profesionales que tengan que realizar grabaciones públicas».
La demanda de Moeckel cuenta con precedentes en Madrid, Canarias y en la Audiencia Provincial de Málaga. En el caso insular, la sentencia obligó a un comercio a devolver 0,88 céntimos de euro por la compra de cuatro Cds por parte de un abogado. En Sevilla, Moeckel quiere que el juez reconozca que el canon auspiciado por la SGAE para contrarrestar los ingresos que deja de percibir por las copias privadas de trabajos musicales y películas, no es aplicable a su caso, ya que su bufete emplea los discos compactos para grabar los juicios civiles, de carácter público. «Imponen el canon por copia privada para todo el que compra un cd sin saber para qué los va a utilizar cada uno». El letrado insta «a todos los profesionales del Derecho de España a que pidan su factura desglosada con el importe del canon y que denuncien» al mismo tiempo que se pregunta «por qué la SGAE no impone un canon a los folios, ¿no les importa que copie a mano una canción o una novela?. Le están poniendo un canon al progreso, y pronto, además de los CDs, también habrá que pagar por los discos duros, las impresoras, los equipos telemáticos...».
Moeckel demuestra que su actividad no contraviene la Ley de Protección Intelectual «por eso demando a la empresa que me ha vendido el material con el objetivo de que me devuelvan el dinero». El abogado muestra una factura por la compra de diez cd, en la que al precio de cada unidad, 0,45 céntimos de euro, se añaden 0,28 de canon. El precio sin canon es de 4,50 euros y el canon supone un incremento de 2,80 euros. Con lo que el importe final, una vez añadido 1,17 euros del IVA, asciende a 8,47 euros. «Podrían acusarme de contribuir al colapso del juzgado de lo Mercantil por unos céntimos de euro, pero en verdad son los de la SGAE los que perjudican obligando a pagar el canon a quien no tiene por qué hacerlo. Es injusto que me cobren el canon digital porque yo no voy a copiar nada». Por tanto, «es necesario crear la conciencia general de que no podemos presumir de culpabilidad, ni de cual será el destino de las cosas, porque en España la presunción es de inocencia».
Carlos Menéndez
http://www.creditomagazine.es
Fecha: 26/05/2008 16:15.


